Micelio

Artículo 12

Decreto 3049 de 1968 · por el cual se reorganiza el Ministerio de Comunicaciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo doce. El Consejo Filatélico estará integrado por

a)

El Ministro de Comunicaciones, o su representante, quien lo presidirá;

b)

El Director de la Administración Postal Nacional, y

c)

El Gerente del Banco de la República o su representante;

d)

Un representante de los Clubes o Asociaciones Filatélicas, designado en la forma que determine el Ministerio.

Parágrafo

El Jefe de la División Postal, será el Secretario del Consejo Filatélico.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3049 de 1968