Artículo tercero. Hácense las siguientes traslaciones en el Presupuesto de Gastos para la vigencia fiscal en curso: Ministerio de Hacienda y Crédito Público. Gastos de Administración y otros. CAPITULO 31. Catastro Nacional. C1e (a). Del artículo 337 . Para continuar la construcción del edificio para el funcionamiento del Instituto Geográfico de Colombia "Agustín Codazzi", en cumplimiento del Decreto legislativo 2608 de 3 de agosto de 1950, en el lote de la Ciudad Universitaria, de que trata el contrato de octubre 19 de 1950, celebrado entre el Gobierno Nacional y la Universidad Nacional $ 520.424.40 Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 122. Edificios y Parques Nacionales. Conservación, Adiciones, Mejoras y Sostenimiento. C1gI (b). Del artículo 2323 . Para dotación del Palacio Presidencial, conservación, reparaciones, adiciones, mejoras y ampliación de edificios de propiedad nacional o en servicio oficial nacional, en el país, en el año 1.250.000.00 CAPITULO 124. Construcciones Militares. Aviación Militar. C1bVIII (a). Del artículo 2383. Para construcciones y ampliaciones en la Base Aérea del Atlántico, en Barranquilla, en el año 300.000.00 Subtotal $ 1.550.000.00 Obras Nacionales con Recursos del Crédito. CAPITULO 136. Construcciones Militares. Aviación Militar. C1bVIII (a). Del artículo 2480 . Para construcciones y ampliaciones en la Base Aérea del Atlántico, en Barranquilla, en el año $ 450.000.00 2.000.000.00 Suman los contracréditos $ 2.520.424.40 Ministerio de Obras Públicas. CAPITULO 124. Construcciones Militares. Ejército. C1gv (a). Al artículo 2374-B. Para construcción del Centro de Instrucción de Melgar (Departamento del Tolima) para el servicio del Ejército 1.620.424.40 CAPITULO 128. Gastos Varios. B2II. Al artículo 2414. Para atender al pago de auxilios dispuestos por leyes preexistentes, de acuerdo con distribución que hará el Gobierno, en el año 450.000.00 B2II. Ordinal 2). Para auxiliar la terminación de las obras de construcción del edificio para el Colegio Superior de Sabanalarga, Departamento del Atlántico, conforme a lo dispuestos en el artículo 1° de este Decreto legislativo (número 1424) 150.000.00 B2II. Ordinal 3) . Para entregar al Municipio de Pereira para auxiliar a los damnificados con motivo del reciente incendio de la Plaza de Mercado de dicha ciudad, conforme a lo dispuesto por el artículo 2° de este Decreto legislativo (número 1424) 300.000.00 Obras Nacionales con Recursos del Crédito. CAPITULO 136. Construcciones Militares Ejército. ClgV (a). Al artículo 2476-A. Para construcción del Centro de Instrucción de Melgar (Departamento del Tolima) para el servicio del Ejército 450.000.00 Suman los créditos $ 2.520.424.40
Decreto 1424 de 1954 →Vigente
Artículo 337
Decreto 1424 de 1954 · Por el cual se hacen unas traslaciones y se abre un crédito adicional en el Presupuesto para la vigencia fiscal en curso (Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de Obras Públicas)
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.