Micelio

Artículo 197

Decreto 1345 de 1970 · por el cual se codifican las normas sobre Procedimiento Penal.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Providencias consultables. Son consultables, cuando contra ellas no se hubiere interpuesto el recurso de apelación dentro del término legal, las siguientes providencias:

1.

1. La sentencia ordinaria de primera instancia, cuando la infracción porque se procede tuviere señalada una sanción privativa de la libertad personal que exceda de un año;

2.

2. La providencia especial del Artículo 158 de este Código.

3.

3. Los sobreseimientos, temporal y definitivo;

4.

4. El auto por medio del cual, se declara la contraevidencia del veredicto;

5.

5. La providencia por medio de la cual se otorga la libertad condicional;

6.

6. El auto por el cual se resuelve solicitar la extradición.

7.

7. La providencia en la cual se concede el perdón judicial y la que declara extinguida la pena, y

8.

8. La orden de archivo del expediente a que se refiere el Artículo 487.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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