Micelio

Artículo 54

Decreto 2252 de 1995 · por el cual se desarrollan la estructura orgánica y las funciones de la Policía Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

División de Inteligencia Electrónica. Son funciones de la División de Inteligencia Electrónica, las siguientes

1.

Dirigir y orientar la búsqueda de información a través del empleo de equipos electrónicos.

2.

Coordinar con las autoridades competentes del control de las comunicaciones en el país, las medidas disuasivas y coercitivas para el correcto uso del espectro electromagnético.

3.

Cumplir las funciones que las normas legales le asignan a la Dirección de Inteligencia, respecto al control de las empresas y usuarios de los servicios de beeper y otros medios de comunicación.

4.

Seleccionar objetivos de interés para la inteligencia policial en el campo estratégico y táctico, que puedan ser utilizados a través del empleo de equipos y medios electrónicos al servicio de la institución.

5.

Coordinar el apoyo logístico que requieren las unidades de inteligencia de la Policía Nacional.

6.

Las demás que le determinen la ley y los reglamentos.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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