Micelio

Artículo 2

Durante El Período De Sesiones Extraordinarias Señalado En El Artículo 1°, El Honorable Congreso De La República Se Ocupará Del Trámite Legislativo Del Proyecto De Ley De Iniciativa Gubernamental, “por Medio De La Cual Se Modifica El Artículo 8° De La Ley 418 De 1997, Prorrogada Y Modificada Por Las Leyes 548 De 1999, 782 De 2002, 1106 De 2006, 1421 De 2010 Y 1738 De 2014” , Que Será Radicado El Primer Día De Inicio De Tales Sesiones

Decreto 202 de 2016 · por el cual se convoca al Congreso de la República a Sesiones Extraordinarias.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Durante el período de Sesiones Extraordinarias señalado en el artículo 1°, el Honorable Congreso de la República se ocupará del trámite legislativo del proyecto de ley de iniciativa gubernamental, “por medio de la cual se modifica el artículo 8° de la Ley 418 de 1997, prorrogada y modificada por las Leyes 548 de 1999, 782 de 2002, 1106 de 2006, 1421 de 2010 y 1738 de 2014” , que será radicado el primer día de inicio de tales sesiones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 202 de 2016