° Tendrán $ 480 de sueldo anual en el tiempo indicado los Cabos montados de las Secciones 2. a de Cartago a Facatativá, 3. a de L a Mesa a Neiva, 6. a de Vélez a Pamplona, i 7. a de Pamplona a Puerto Nacional de Ocaña.
Decreto 559 de 1876 →Vigente
Artículo 2
Tendrán $ 480 De Sueldo Anual En El Tiempo Indicado Los Cabos Montados De Las Secciones 2
Decreto 559 de 1876 · Que fija el sueldo de los Cabos montados de las Secciones del Telégrafo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.