Contenido de la Resolución de Otorgamiento del Permiso. El acto administrativo por el cual se otorga el permiso de emisión contendrá, cuando menos, lo siguiente
Indicación e identificación de la persona o personas a quienes se otorga el permiso;
Determinación, descripción y ubicación de la obra, actividad, establecimiento o proyecto de instalación, ampliación o modificación para el cual se otorga el permiso;
Consideraciones que han sido tenidas en cuenta para el otorgamiento del permiso;
La emisión permitida o autorizada, sus características y condiciones técnicas y los procesos o actividades que comprende, con la caracterización de los puntos de emisión;
El término de vigencia del permiso, el cual no podrá ser superior a cinco (5) años;
Señalamiento de los requisitos, condiciones y obligaciones que debe satisfacer y cumplir el titular del permiso;
La obligación a cargo del titular del permiso de contar con determinados equipos, infraestructura o instalaciones o de introducir modificaciones a sus procesos, para garantizar el cumplimiento de las condiciones ambientales exigidas;
Las garantías que debe otorgar el titular del permiso, a fin de asegurar el cumplimiento de las obligaciones en él establecidas;
La atribución de la autoridad ambiental para modificar unilateralmente, de manera total o parcial, los términos y condiciones del permiso, cuando por cualquier causa se hayan modificado las circunstancias tenidas en cuenta al momento de otorgarlo, de conformidad con lo establecido por los artículos 13 y 85 de este Decreto;
Los derechos y condiciones de oportunidad del titular del permiso para solicitar la modificación, total o parcial del mismo cuando hayan variado las condiciones de efecto ambiental que fueron consideradas al momento de otorgarlo.