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Artículo 6

Decreto 3552 de 2005 · por el cual se modifica la estructura de la Superintendencia Bancaria de Colombia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . De las áreas de apoyo

1.

Funciones de la Secretaría General. El Secretario General tendrá las siguientes funciones

a)

Asesorar al Superintendente Bancario en la adopción de las políticas o planes de acción de la Superintendencia Bancaria;

b)

Asistir al Superintendente Bancario en sus relaciones con los demás organismos y mantenerlo informado de la situación de los proyectos administrativos que se relacionen con las actividades propias de la superintendencia;

c)

Atender bajo la dirección del Superintendente Bancario, y por conducto de las distintas dependencias de la superintendencia, la prestación de los servicios y la ejecución de los programas adoptados;

d)

Velar por el cumplimiento de las normas legales orgánicas de la Superintendencia y por el eficiente desempeño de las funciones técnicas y administrativas de la misma y coordinar las actividades de sus distintas dependencias;

e)

Dirigir y coordinar las funciones de la Subdirección Administrativa y Financiera y de la Subdirección de Recursos Humanos;

f)

Dirigir la elaboración del proyecto anual de presupuesto de la Superintendencia Bancaria;

g)

Notificar los actos administrativos emanados de la Superintendencia Bancaria y designar los notificadores a que haya lugar;

h)

Disponer oportunamente la publicación de los actos administrativos de carácter general, conforme lo establece la ley;

i)

Mantener actualizada la base de datos sobre miembros de juntas directivas, representantes legales, revisores fiscales y de las entidades vigiladas por la Superintendencia Bancaria;

j)

Revisar y aceptar los poderes conferidos por las personas naturales y jurídicas vigiladas a sus apoderados;

k)

Elaborar los contratos y demás documentos que esta actividad demande y mantener informado al Superintendente Bancario sobre el desarrollo de los mismos.

l)

Contratar servicios de asesoría jurídica externa cuando las necesidades del servicio así lo exijan;

m)

Coordinar la colaboración que pueda prestar la Superintendencia Bancaria en materia de peritos, de acuerdo con la disponibilidad de personal de la misma;

n)

Expedir las certificaciones que requieran los órganos jurisdiccionales;

o)

Mantener permanentemente informados a los miembros del Comité de Coordinación de la Superintendencia Bancaria de las medidas administrativas que tengan relación con la marcha de la entidad;

p)

Nombrar y delegar en secretarios generales ad hoc las funciones de certificación y autenticación que competen a la Superintendencia Bancaria, en los casos en que así se requiera para un mejor desempeño de tales funciones;

q)

Expedir las certificaciones que por razones de su competencia y en virtud de las disposiciones legales corresponda a la Superintendencia Bancaria y delegar dicha función en los funcionarios que él designe;

r)

Las demás que le delegue o señale el Superintendente Bancario.

2.

Funciones de la Dirección Técnica. La Dirección Técnica tendrá las siguientes funciones

a)

Asesorar al Superintendente Bancario en la adopción y planeación de los proyectos de manejo estadístico;

b)

Expedir las certificaciones que se soliciten a la Superintendencia Bancaria en relación con los sistemas de amortización y las reliquidaciones de créditos hipotecarios para vivienda;

c)

Dirigir y coordinar las funciones de las subdirecciones de análisis financiero y estadística, de análisis de riesgos y de actuaría;

d)

Proponer las normas técnicas para la recopilación, procesamiento y análisis de la información estadística;

e)

Definir y velar por el manejo del sistema estadístico de la institución y del sector financiero, en coordinación con la dirección de informática y planeación;

f)

Recomendar políticas sobre el manejo de información de las instituciones vigiladas;

g)

Asesorar y realizar estudios e investigaciones sobre temas económicos y financieros de interés para el desarrollo de las funciones de la Superintendencia Bancaria;

h)

Preparar, en coordinación con los superintendentes delegados y la dirección de supervisión, los boletines de índole económico y financiero que expida la Superintendencia Bancaria;

i)

Efectuar análisis sobre el comportamiento del sistema financiero en el ámbito nacional y regional;

j)

Efectuar los cálculos de las tasas de interés, de conformidad con las disposiciones legales;

k)

Realizar estudios de carácter sectorial con destino a las dependencias internas, para los efectos de la evaluación de la cartera;

l)

Realizar estudios sobre el impacto económico y financiero relacionado con la expedición de nuevas normas;

m)

Efectuar recomendaciones sobre documentos preparados por la Junta Directiva del Banco de la República que tengan relación con el sistema financiero, cuando así lo solicite el Superintendente Bancario;

n)

Propiciar el intercambio de información entre las entidades del Estado;

o)

Preparar la liquidación de las contribuciones de las entidades vigiladas, de acuerdo con las normas vigentes y las reglamentaciones que se expidan para tal efecto;

p)

Apoyar a las direcciones de supervisión y de regulación en la formulación de políticas de supervisión y en el diseño de la regulación;

q)

Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

3.

Funciones de la Dirección de Informática y Planeación. La Dirección de Informática y Planeación tendrá a su cargo las siguientes funciones

a)

Planear, diseñar, dirigir y controlar los proyectos y planes de sistematización de la entidad;

b)

Sugerir al Superintendente Bancario el empleo de los recursos técnicos y tecnológicos necesarios para garantizar un control eficiente de las instituciones vigiladas;

c)

Propiciar la implantación de sistemas y redes de participación ciudadana que faciliten el acceso a información estatal;

d)

Fomentar el uso racional y apropiado de tecnología;

e)

Establecer las políticas, fijar criterios y estandarizar la aplicación de tecnologías y sistemas computarizados de la entidad, propendiendo por la actualización y homogeneización en el uso de las herramientas informáticas;

f)

Realizar la planeación, análisis, desarrollo, instalación y mantenimiento de los sistemas automatizados;

g)

Planificar los programas de capacitación y adiestramiento de los empleados de la Superintendencia Bancaria, para lograr el aprovechamiento óptimo de los equipos y sistemas computarizados;

h)

En coordinación con el área de comunicaciones, diseñar estrategias de comunicación y capacitación internas sobre el funcionamiento de la página en internet de la superintendencia, así como de los demás recursos informáticos de acceso a los empleados y al público;

i)

Apoyar a las áreas de supervisión y a la dirección de supervisión en el diseño y ejecución de actividades de auditoría de sistemas en las entidades vigiladas;

j)

Evaluar y planear el desempeño operacional de la superintendencia y la disponibilidad de elementos y equipos técnicos y organizacionales necesarios para un ágil, eficiente y adecuado cumplimiento de sus funciones;

k)

Velar por la seguridad y confidencialidad de la información que se procesa en forma automatizada;

l)

Dirigir y supervisar la elaboración del plan estratégico de la Superintendencia Bancaria y la determinación global de los recursos;

m)

Establecer y ejecutar mecanismos de seguimiento y control sobre el plan estratégico de la entidad;

n)

Dirigir y coordinar la planificación, asesoría y evaluación de los procesos, así como la elaboración de los reglamentos necesarios para la ejecución de las medidas que deben aplicarse en cuanto a funciones, sistemas, métodos, procedimientos y trámites, velando por la permanente actualización de los respectivos manuales;

o)

Asesorar a las distintas dependencias de la Superintendencia Bancaria en el diseño, ejecución y supervisión de planes y programas de trabajo y en la determinación de sus recursos, así como en su organización interna y distribución de trabajo;

p)

Dirigir y coordinar las funciones de las divisiones de sistemas, de operaciones y de organización y métodos;

q)

Las demás que se le asignen de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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