º. Créase una Comisión Transitoria encargada de proponer al Gobierno Nacional las reformas necesarias para la modernización y actualización de la legislación comunal, la cual estará conformada así: El Director General de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad o su delegado. El Jefe División y Promoción Desarrollo de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad. Un Delegado de la Sección Legal de Desarrollo Comunitario de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad. El Promotor Regional de Cundinamarca de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad. El Promotor Regional de Santafé de Bogotá de la Dirección General de Integración y Desarrollo de la Comunidad. El Director Departamento Administrativo Acción Comunal Distrital o su delegado. El Director Departamento Administrativo Acción Comunal y Participación Comunitaria de Cundinamarca o su delegado. El Presidente de la Confederación Nacional Comunal o su delegado. El Presidente Federación Comunal Cundinamarca o su delegado. El Presidente Federación Comunal de Bogotá o su delegado.
La Comisión, adscrita al Ministerio del Interior, deberá entregar el informe final con la propuesta, dentro de los noventa (90) días siguientes, contados a partir de la fecha de su instalación.
Si durante este lapso se estructura el Ministerio del Interior, se determina su planta de personal y se proveen los cargos, el personal del Ministerio del Interior que haga sus veces, reemplazará los funcionarios que, de dicho Ministerio, hacen parte de la Comisión.