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Artículo 1

Hácense Los Siguientes Traslados En El Presupuesto De Funcionamiento Para La Vigencia Fiscal De 1963: Presupuesto De Funcionamiento

Decreto 1037 de 1963 · Por el cual se hacen unas traslaciones en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1963 (Ministerio de Minas y Petróleos) por $ 568.000

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Hácense los siguientes traslados en el Presupuesto de funcionamiento para la vigencia fiscal de 1963: Presupuesto de funcionamiento. MINISTERIO DE MINAS Y PETROLEOS Contracréditos . I. Gastos directos del Ministerio. B. Rama Técnica . CAPITULO 1107 División de Minas. Programa II. Servicios Técnicos. Gastos generales . 105, 232. Del artículo 11064. Compra de equipo $ 363.800 CAPITULO 1108 División de Petróleos. Programa II. Servicios Técnicos. Gastos generales . 105, 241. Del artículo 11081. Compra de equipo 205.000 Suman los contracréditos $ 568.000 Créditos. I. Gastos directos del Ministerio. A. Dirección del Ministerio . CAPITULO 1101 Gabinete del Ministro. Servicios personales . 101, 111. Al artículo 11001. Sueldos del personal de nómina 5.760 CAPITULO 1102 Secretaría General. Servicios personales . 101, 111. Al artículo 11010. Sueldos del personal de nómina 1.440 CAPITULO 1103 Dirección. Servicios personales . 101, 111. Al artículo 11018. Sueldos del personal de nómina 1.440 CAPITULO 1104 Consejo Nacional de Petróleos. Servicios personales . 101, 231. Al artículo 11026. Sueldos del personal de nómina 1.440 CAPITULO 1105 Oficinas de Investigaciones Económicas. Servicios personales . 101, 231. Al artículo 11035. Sueldos del personal de nómina 8.640 CAPITULO 1106 Oficina Jurídica de Minas y Petróleos- Servicios personales . 101, 231. Al artículo 11044. Sueldos del personal de nómina 11.520 B. Rama Técnica . CAPITULO 1107 División de Minas. Programa I. Administración de la División. Servicios personales . 101, 231. Al artículo 11052. Sueldos del personal de nómina 1.440 Programa II. Servicios técnicos. Servicios personales. 101, 232. A l artículo 11059. Sueldos del personal de nómina 50.400 CAPITULO 1108 División de Petróleos. Programa I. Administración de la División. Servicios personales. 101, 241. Al artículo 11068. Sueldos del personal de nómina $ 1.440 Programa II. Servicios técnicos. Servicios personales. 101, 241. Al artículo 11075. Sueldos del personal de nómina 89.280 CAPITULO 1109 División de Estudios Geológicos. Programa I. Administración de la División. Servicios personales. 101, 233. Al artículo 11085. Sueldos del personal de nómina 2.880 Programa II. Servicios técnicos. Servicios personales . 101, 233. Al artículo 11092. Sueldos del personal de nómina 86.400 CAPITULO 1110 División del Laboratorio Químico Nacional. Programa I. Administración de la División. Servicios personales . 101, 234. Al artículo 11101. Sueldos del personal de nómina 2.880 Programa II. Servicios técnicos. Servicios personales. 101, 234. Al artículo 11109. Sueldos del personal de nómina 50.400 CAPITULO 1111 Servicios Técnicos Regionales. Servicios personales. 101. 232. Al artículo 11117. Sueldos del personal de nómina 53.280 C. Rama Administrativa. CAPITULO 1112 Jefatura de la Rama Administrativa. Servicios personales. 101, 111. Al artículo 11129. Sueldos del personal de nómina 1.440 CAPITULO 1113 División de Personal. Servicios personales. 101, 111. Al artículo 11140. Sueldos del personal de nómina 5.760 CAPITULO 1114 División de Presupuesto Programa I. Ejecución y Control del Presupuesto. Servicios personales. 101, 111. Al artículo 11147. Sueldos del personal de nómina 5.760 Programa II. Pagaduría. Servicios personales. 101, 111. Al artículo 11156. Sueldos del personal de nómina 5.760 CAPITULO 1115 Servicios Generales. Servicios personales . 101, 111. Al artículo 11164. Sueldos del personal de nómina $ 181.440 Suman los créditos $ 568.800

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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