Micelio

Artículo 6

Incorporación

Decreto 79 de 2022 · Por el cual se modifica la planta de personal profesional de defensa, para inteligencia y contrainteligencia del Ministerio de Defensa Nacional-Comando General de las Fuerzas Militares, Comando Ejército Nacional, Comando Armada Nacional y Comando Fuerza Aérea Colombiana y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Incorporación. La incorporación de los empleados a la planta de personal profesional de defensa para inteligencia y contrainteligencia, establecida en los artículos anteriores del presente Decreto, se efectuará dentro de los treinta (30) días calendario, contados a partir de la fecha de publicación del presente Decreto, sin perjuicio de la gradualidad establecida en el artículo 5° del presente Decreto.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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