Secretaría General. Son funciones de la Secretaría General
Coordinar con las respectivas subdirecciones y áreas de la Dirección Nacional y de otras entidades de la administración pública, los asuntos jurídicos y normativos relacionados con la equidad de la Mujer.
Preparar, en coordinación con las demás subdirecciones, el proyecto de presupuesto de la Dirección, que habrá de ser presentado a las autoridades competentes para su incorporación al proyecto de presupuesto anual de la Nación.
Planear, organizar, dirigir, supervisar y controlar todas las operaciones administrativas, presupuestales, financieras, contables, y de tesorería que sean requeridas para el funcionamiento de la Dirección.
Proveer y suministrar los recursos necesarios para el cumplimiento del objeto y funciones de la Dirección y, en particular, para garantizar las labores de planificación, promoción, apoyo, seguimiento y coordinación permanente de las acciones que se adelanten por la Nación, las entidades territoriales, los entes descentralizados y demás entidades públicas, en beneficio de la equidad y de la participación de la mujer.
Rendir los informes y cuentas fiscales de la Dirección a la Contraloría General de la República.
Coordinar, ejecutar y controlar los procesos de adquisición de bienes y servicios, así como la prestación de los servicios generales requeridos.
Elaborar los contratos y convenios que deban ser celebrados por la Dirección.
Recibir, almacenar y controlar los recursos y bienes de la Dirección, conforme a las normas vigentes y organizar y mantener el inventario correspondiente.
Desarrollar las políticas de la Dirección sobre administración, selección, promoción, bienestar y evaluación de los funcionarios, de acuerdo con las normas vigentes.
Preparar todos los actos administrativos relacionados con la administración y situaciones del personal.
Las demás que le sean asignadas y las que sean afines con la naturaleza de la dependencia.