° Objeto. La reglamentación contenida en el presente Decreto se aplicará a los organismos y entidades del orden nacional que cofinancien programas y proyectos de las entidades territoriales, siempre que dispongan de partidas presupuestales para dicho fin. Estas normas se aplicarán sin perjuicio de las disposiciones legales y de aquellas de carácter reglamentario que contengan requisitos o condiciones más exigentes aplicables a programas y proyectos de entidades u organismos determinados y las establecidas en los Decretos 2132 y 2133 de 1992.
Decreto 206 de 1993 →Vigente
Artículo 1
Objeto
Decreto 206 de 1993 · por medio del cual se reglamentan los artículos 31 y 32 de la Ley 38 de 1989.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.