Micelio

Artículo 9

Oficina Asesora De Planeación

Decreto 110 de 2004 · por medio del cual se modifica la estructura del Ministerio de Relaciones Exteriores y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Oficina Asesora de Planeación. Son funciones de la Oficina Asesora de Planeación, las siguientes

1.

Dirigir, coordinar, controlar y evaluar, el proceso planificador del sector de Relaciones Exteriores.

2.

Coordinar y asesorar a las diferentes dependencias en la elaboración de los Planes Operativos anuales, traducidos en objetivos, metas, estrategias e indicadores, y en la formulación e implementación de los sistemas de evaluación y seguimiento en articulación con el Plan de desarrollo, de acuerdo con los lineamientos establecidos por el Departamento Nacional de Planeación.

3.

Asesorar a las diferentes dependencias en la formulación e implementación de programas de mejoramiento continuo y en la aplicación de los sistemas e indicadores para el control y evaluación de gestión.

4.

Hacer seguimiento, en coordinación con la Oficina de Control Interno, de la ejecución de los planes, programas y proyectos, y asesorar a las dependencias en la formulación de acciones correctivas.

5.

Preparar el proyecto de presupuesto de inversión del Ministerio de Relaciones Exteriores y su Fondo Rotatorio, gerenciar el Banco de Proyectos del sector de Relaciones Exteriores y, en lo pertinente, manejar las relaciones del Ministerio con el Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en materia presupuestal y planes de desarrollo.

6.

Apoyar a las dependencias del Ministerio en la formulación de los planes sectoriales pertinentes para el desarrollo de la política exterior, de los compromisos bilaterales o multilaterales adquiridos por el país con otras naciones u organismos internacionales y de los convenios de cooperación internacional.

7.

Coordinar con las áreas competentes del Ministerio y con las otras entidades, cuando sea pertinente, la compilación de los informes que deba elaborar el Ministerio sobre el seguimiento y cumplimiento de los tratados y convenios internacionales.

8.

Coordinar con los organismos públicos y privados, la compilación de información y la difusión de los estudios necesarios para la función planificadora.

9.

Coordinar y preparar la memoria anual del Ministro de Relaciones Exteriores al Congreso Nacional, así como asesorar al Ministro en la elaboración de otras publicaciones.

10.

Establecer los lineamientos que permitan desarrollar actividades de modernización, optimización de métodos y procedimientos de trabajo y demás asuntos que propendan por el mejoramiento de la eficiencia y eficacia en la gestión del Ministerio y efectuar su seguimiento.

11.

Mantener actualizada la Guía Diplomática y Consular de la República y coordinar su publicación y distribución con las dependencias competentes.

12.

Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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