Articulo 2º. Autorízase a los señores Pagadores de los planteles nacionales, dependientes del Ministerio de Educación Nacional, para hacer los pagos respectivos.
Decreto 24 de 1972 →Vigente
Artículo 2
Autorízase A Los Señores Pagadores De Los Planteles Nacionales, Dependientes Del Ministerio De Educación Nacional, Para Hacer Los Pagos Respectivos
Decreto 24 de 1972 · Por el cual se prorroga la vigencia del Decreto número 70 de 1971, y del Decreto número 1148 del mismo año
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.