Micelio

Artículo 7

Reglamento Interno

Decreto 870 de 2014 · por el cual se regula un espacio de interlocución y participación con las Organizaciones de la Cumbre Agraria, Campesina, Étnica y Popular que se denominará Mesa Única Nacional.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Reglamento interno. Corresponde a la Mesa Única Nacional darse de común acuerdo su propio reglamento, el cual incluirá, entre otros temas, la periodicidad de las sesiones y las funciones a su cargo previamente definidas por los miembros. En todo caso, las funciones de la Mesa no podrán exceder su objeto de creación.

Parágrafo

En ningún caso la Mesa Única Nacional funcionará bajo apremio o en circunstancias de interrupción de las libertades de circulación de las personas y vehículos, de suspensión de los servicios públicos de transporte de carga y pasajeros o de cualquier afectación del orden público generada con ocasión de los diálogos objeto de este mecanismo de participación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 870 de 2014