Micelio

Artículo 151

De La Rotulación Adicional

Decreto 775 de 1990 · por el cual se reglamentan parcialmente los Títulos III, V, VI, VII y XI de la Ley 09 de 1979, sobre uso y manejo de plaguicidas.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

De la rotulación adicional. En letras sobresalientes deberá adicionarse la clasificación del empaque o envase de la siguiente manera: “Empaque Clase A” o “Envase Clase A debe destruirse”, “Empaque Clase B” o “Envase Clase B debe descontaminarse” e indicar el método de descontaminación y “Empaque Clase C” o “Envase Clase C debe lavarse” e indicar la forma o método de lavado.

Parágrafo

Ningún envase que haya contenido plaguicidas debe utilizarse para contener alimentos o agua para consumo. CAPITULO XII De los desechos y los residuos de plaguicidas.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 775 de 1990