Los vendedores de las viviendas cuyos adquirentes reciban los beneficios del programa, estarán sujetos a las investigaciones y sanciones a que se refiere el artículo 22 de la Ley 1537 de 2012, y las normas que la modifiquen, adicionen, sustituyan o reglamenten. CAPÍTULO V Procedimiento para la asignación y legalización del subsidio otorgado en el marco del programa
Decreto 428 de 2015 →Vigente
Artículo 14
Los Vendedores De Las Viviendas Cuyos Adquirentes Reciban Los Beneficios Del Programa, Estarán Sujetos A Las Investigaciones Y Sanciones A Que Se Refiere El Artículo 22 De La Ley 1537 De 2012, Y Las Normas Que La Modifiquen, Adicionen, Sustituyan O Reglamenten
Decreto 428 de 2015 · por el cual se implementa el Programa de Promoción de Acceso a la Vivienda de Interés Social - “Mi Casa Ya”.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.