El Departamento Nacional de Planeación, adelantará, conjuntamente con el personal capacitado con el que cuenten los departamentos, distritos y municipios, la caracterización demográfica y socioeconómica de las personas beneficiarias del Plan Nacional de Apoyo a Iniciativas Locales, con el fin de establecer una línea base para construir los parámetros de intervención social en la formulación, implementación, seguimiento y evaluación del impacto de esta política pública.
El Departamento Nacional de Planeación, en conjunto con las secretarias de planeación municipal o de Gobierno donde no las hubiese, realizará las mediciones con la suficiente periodicidad para revisar los cambios y progreso de las iniciativas locales y se reportará al Departamento Administrativo Nacional de Estadística (Dane) en el marco de lo establecido en la Ley 79 de 1993 o aquella que la reemplace y como miembro del Sistema Estadístico Nacional.
Entendiendo la necesidad de caracterización para la puesta en marcha de la iniciativa, esta se realizaría por primera vez al aprobarse el proyecto de ley. Posterior a esta primera caracterización, estas pasarían a darse en los mismos años que se realice el Censo General de Población con el fin de hacer uso de los esfuerzos logísticos de este.