º . Las personas no: incluidas en las resoluciones de que tratan los artículos anteriores, y que consideren tener derecho a devoluciones por ser: a) responsables de ventas exentas; b) exportadores o comerciantes exportadores; c) responsables del impuesto por artículos gravados, cuya tarifa sea inferior a la de los correspondientes costos y gastos de producción, venta y administración, podrán solicitar su inclusión al Director General de Impuestos Nacionales.. El peticionario continuará declarando semestralmente, hasta cuando se le notifique la providencia, por medio de la cual se ordena su inclusión dentro de los declarantes bimestrales.
Decreto 1204 de 1982 →Vigente
Artículo 3
Decreto 1204 de 1982 · Por el cual se determinan condiciones y términos para la presentación de las declaraciones del impuesto sobre las ventas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.