Micelio

Artículo 13

Ley 22 de 1936 · por la cual se reforman y adicionan las disposiciones relativas a la naturalización de extranjeros

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Poder Ejecutivo, en vista del memorial del peticionario, de la documentación complementaria y del concepto y atestación del Gobernador, declarara (previa consulta con la Comisión Asesora del Ministerio de Relaciones Exteriores), si accede a la solicitud y, en caso afirmativo, expedirá la carta de naturaleza y la remitirá al solicitante por conducto de la Gobernación del respectivo Departamento.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 22 de 1936