Audiencias. En el trámite de Liquidación Judicial como medida de intervención, no se aplicará lo pertinente a la celebración de audiencias de que trata la Ley 1116 de 2006 y, en su lugar, la Superintendencia de Sociedades expedirá las providencias correspondientes, las cuales serán notificadas por estado y contra ellas procederá el recurso de reposición de conformidad con lo previsto en el Código de Procedimiento Civil.
Decreto 1910 de 2009 →Vigente
Artículo 10
Audiencias
Decreto 1910 de 2009 · por medio del cual se reglamenta parcialmente el Decreto 4334 de 2008, la Ley 1116 de 2006, y el artículo 2° del Decreto 4591 de 2008 y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.