º La Comisión de Concertación de la industria de plásticos estará integrada por
El Ministro de Desarrollo Económico, quien la presidirá;
El Jefe del Departamento Nacional de Planeación;
Dos representantes de la Asociación Colombiana de Plásticos, Acoplásticos, seleccionados, el primero, dentro del grupo de productores de materias primas y el segundo, dentro del grupo de transformación de la industria de plásticos;
Un representante de la Asociación Nacional de Industriales, ANDI;
Un representante del Ministerio de Desarrollo Económico;
Un representante del Instituto de Comercio Exterior, INCOMEX;
Un representante del Fondo de Promoción de Exportaciones, PROEXPO.
Conforme a lo establecido en el inciso 3º del artículo 7º de la Ley 38 de 1981, a las reuniones de la Comisión le Concertación de la industria de plásticos asistirán, con carácter informativo, los Senadores y Representantes, designados al efecto por la Comisión Permanente del Plan.
El Presidente de la Comisión de Concertación para la industria de plásticos podrá invitar a reuniones de ésta, a representantes de otras asociaciones u organismos oficiales y privados.