Para Demostrar La Antigüedad Como Topógrafo, Las Empresas Publicas O Privadas Sal Expedir Las Certificaciones De Servicio, Deberán Indicar La Clase De Trabajos Topográficos Que Estén Efectuando O Hayan Efectuado Los Interesados
Decreto 690 de 1981 · por el cual se reglamenta la Ley 70 de 1979.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
Articulo 5º. Para demostrar la antigüedad como topógrafo, las empresas publicas o privadas sal expedir las certificaciones de servicio, deberán indicar la clase de trabajos topográficos que estén efectuando o hayan efectuado los interesados.
Parágrafo
En el caso de haber trabajado como empleado publico, la respectiva entidad deberá certificar el tiempo y calidad de los trabajos ejecutados.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.