Micelio

Artículo 17

Decreto 1620 de 2003 · por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Comunicaciones y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Subdirección Financiera. Son funciones de la Subdirección Financiera, las siguientes

1.

Apoyar al Secretario General en la asesoría al Ministro en el diseño, formulación de políticas, normas y procedimientos para la administración de los recursos financieros del Ministerio y del Fondo de Comunicaciones.

2.

Desarrollar los procesos contables y de tesorería del Ministerio y del Fondo de Comunicaciones.

3.

Facturar las liquidaciones producto del Fondo de Comunicaciones y generar los informes respectivos, conforme a la normatividad vigente.

4.

Recaudar los recursos del Ministerio y Fondo de Comunicaciones.

5.

Recibir y revisar las autoliquidaciones, y emitir los informes a las respectivas direcciones misionales.

6.

Elaborar y actualizar la información referente al estado de cuenta de los concesionarios y demás personas que presten o utilicen los servicios del sector comunicaciones.

7.

Elaborar y presentar a las autoridades, los estados financieros del Ministerio y del Fondo de Comunicaciones.

8.

Elaborar el anteproyecto de presupuesto en coordinación con las áreas del Ministerio, conforme a la normatividad vigente.

9.

Elaborar el anteproyecto de presupuesto del Ministerio y del Fondo de Comunicaciones.

10.

Planear y controlar la ejecución presupuestal del Ministerio y del Fondo de Comunicaciones.

11.

Elaborar los certificados de disponibilidad presupuestal.

12.

Coordinar con las áreas del Ministerio las modificaciones presupuestales.

13.

Las demás que le sean asignadas inherentes a la naturaleza de la dependencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1620 de 2003