Micelio

Artículo Único

Ley 27 de 1874 · Por la cual se reconoce un crédito a favor del Hospital de Caridad de la Ciudad de Barichara

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. único. Reconócese a cargo del Tesoro de 1a Union, i a favor del Hospital de Caridad de la ciudad de Barichara, al crédito de mil seiscientos quince pesos por importe del terreno denominado "Los Pobres," en jurisdicción del distrito de Barichara, que fué enajenado en remate público comononeperteneciente a bienes desamortizados.

En pago de este crédito se emitirán vales de renta nominal privilejiada, abonándose los intereses, al seis por ciento anual, desde el semestre inmediatamente posterior a la fecha del remate del terreno espresado.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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