Micelio

Artículo 2

Decreto 200 de 1903 · Por el cual se deroga el marcado con el número 171, de 9 del presente mes, y se fijan los derechos de importación

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El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 2° Desde el 1 ° de Marzo próximo los derechos qua causan las mercaderías extranjeras á su importación al país en las Aduanas de la República, serán las siguientes, por cada kilogramo: Los artículos enumerados en la 2ª clase $ 045 Los íd. id. en la 3ª íd 125 Los id. id. en la 4ª íd 2 25 Los id. id. en la 5ª íd 450 Los id. id. en la 6ª id 9 Los id. id. en la 7ª íd 13 50 Los id. id. en la 8 ª íd 18 Los íd. í i. en la 9 ª íd 22 50 Los íd. id. en la 10 ª íd 27 Los id id. en la 11 ª íd 31 50 Los Id. id. en la 12 ª íd 36 Loa íd. id. en la 13 ª íd 40 50 Los id. Id. en la 14 ª íd 56 25 Los íd id. en la 15 ª íd 67 50 Loa íd. id. en la 16 ª íd 112 50 La clase 16ª comprenderá las mercaderías enumeradas en el artigo 2° de la Ley 160 de 1896, y el extracto de cognac, esencias y espíritu para la fabricación de licores. Las demás mercaderías gravadas con desechos especiales quedarán incorporadas en la tarifa como te expresa en seguida: El tabaco elaborado en cigarros y en cigarrillos, en la clase 15.ª El tabaco en picadura ú otra forma, en la 10.ª El papel de fumar para cigarrillos y etiquetas para idem. en la 8 ª clase. El aguardiente, ajajos, alcohol (absoluto puro desinfectado, etc.), amargos, brandy, champaña, cogñac, cremas, curazao, chartreuse y otros, poussecafes, ginebra, kitch, ron, whisky y demás similares, en la clase 14ª En las Aduanas de la República en donde se cobran los derechas de importación en moneda de plata á la ley de 0,835, sólo se cobrará el doble de lo que sé pagaba antes de la expedición dé este Decreto y en las mismas proporciones. Los derechos fijados en el presente Decreto se cobrarán en todas las Aduanas de la República, sin aumentos ni disminuciones, y quedan derogadas las disposiciones que le sean contrarias. No obstante, el Decreto número 172, de 9 del presente mes, queda en vigor.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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