Micelio

Artículo 6

El Dividendo Mínimo Preferencial Fijado En Los Estatutos Podrá Estar Expresado Como Un Porcentaje Determinado O Determinable Sobre El Precio De Suscripción

Decreto 3091 de 1990 · por el cual se reglamenta el Capítulo IV de la Ley 27 de 1990.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° El dividendo mínimo preferencial fijado en los estatutos podrá estar expresado como un porcentaje determinado o determinable sobre el precio de suscripción.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 3091 de 1990