Micelio

Artículo 2

Ley 35 de 1966 · por la cual la Nación contribuye a la financiación y ampliación de la red de alcantarillado de la ciudad de Armenia.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El pago de la contribución que por el artículo anterior se decreta, se hará en el curso de los próximos cinco años, a razón de tres millones de pesos por cada Presupuesto anual.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 35 de 1966