Oficina de Comunicaciones Estratégicas . Son funciones de la Oficina de Comunicaciones Estratégicas, las siguientes
Proponer para aprobación de la Sala Plena y ejecutar la política de comunicación interna y externa y de relacionamiento estratégico del Consejo Nacional Electoral, para la divulgación de la información a nivel nacional, territorial e internacional, bajo las directrices del Presidente.
Formular y ejecutar el Plan Institucional de Comunicaciones y los planes de acción que se requieran, de acuerdo con la naturaleza, objetivo y funciones del Consejo.
Asesorar y coordinar las relaciones con los medios de comunicación nacional e internacional, para mantener espacios abiertos de divulgación de los planes, acciones y gestión del Consejo, bajo las directrices del Presidente.
Preparar y publicar en los medios de comunicación, la información generada por las distintas dependencias del Consejo, bajo las directrices del Presidente.
Orientar al Presidente en el manejo de las relaciones con los medios de comunicación y demás sectores de la opinión pública a nivel nacional e internacional.
Preparar y coordinar, bajo la dirección del Presidente del Consejo, las ruedas de prensa y entrevistas que concede este, o cualquiera de los magistrados.
Diseñar y administrar los contenidos del sitio web del Consejo, según las directrices que imparta el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
Identificar las dificultades en la implementación de estándares y buenas prácticas para el cumplimiento de los principios y normativa de la generación y usos de la información estatal y proponer los correctivos a que haya lugar.
Establecer el mapa de riesgo de imagen institucional y elaborar el manual para el manejo de crisis institucional.
Establecer indicadores que permitan medir la gestión de comunicaciones.
Efectuar la difusión de los comunicados de prensa, entre otros, a los medios de comunicación, presidencias de las altas Cortes, Presidencia de la República, Ministerios, Defensoría del Pueblo, Procuraduría, Superintendencias y demás entidades o ciudadanos que lo requieran.
Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.