O El Personal Que Labora Por El Sistema Hora-Mes En El Empleo De Profesional Universitario De La División De Bienestar Social, Tendrá Una Asignación Básica Mensual Así: A) El Valor Hora-Mes Para Los Médicos, Odontólogos Y Bacteriólogos, Será De Cuarenta Y Cinco Mil Ochenta Y Dos Pesos ($45
Decreto 901 de 1992 · por el cual se fijan las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de empleos de la Contraloría General de la República y se dictan otras disposiciones en materia salarial.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
o El personal que labora por el sistema hora-mes en el empleo de profesional universitario de la División de Bienestar Social, tendrá una asignación básica mensual así
a)
El valor hora-mes para los médicos, odontólogos y bacteriólogos, será de cuarenta y cinco mil ochenta y dos pesos ($45.082);
b)
El valor hora-mes para los médicos especialistas, será de cuarenta y ocho mil treinta y cuatro pesos ($48.034);
c)
El valor hora-mes para enfermera, nutricionista-dietista y terapistas respiratorios, del lenguaje, físico y ocupacional, será de treinta mil seiscientos treinta pesos ($30.630).
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.