Suministro de información . La Dimar proporcionará a la Aunap, al 31 de enero de cada año y con relación al año anterior, la siguiente información
Relación detallada de las matrículas de las embarcaciones pesqueras.
Relación de tripulantes inscritos para operar en aguas jurisdiccionales, especificando sus carnés especiales y libretas de embarco.
Cualquier otra información relacionada con la actividad pesquera y que la Aunap considere necesaria. (Decreto número 2256 de 1991, artículo 142)