Micelio

Artículo 6

Los Empleados Públicos Del Departamento Nacional De Planeación Y De La Unidad Administrativa Especial De Desarrollo Territorial Se Regirán En Materia De Prestaciones Sociales Y Demás Factores Salariales Por Las Normas Generales Aplicables A Los Empleados Públicos De La Rama Ejecutiva Del Orden Nacional

Decreto 989 de 1998 · por el cual se adopta el sistema de nomenclatura, clasificación y remuneración para los distintos empleos públicos del Departamento Nacional de Planeación y de la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Los empleados públicos del Departamento Nacional de Planeación y de la Unidad Administrativa Especial de Desarrollo Territorial se regirán en materia de prestaciones sociales y demás factores salariales por las normas generales aplicables a los empleados públicos de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 989 de 1998