° Para todos los efectos legales relacionados con la constitución y funcionamiento de la Sociedad, el Departamento estará representado por el Gobernador, quien podrá delegar tal representación en el Jefe de la Sección de Agricultura y Ganadería del Departamento.
Decreto 1404 de 1952 →Vigente
Artículo 3
Para Todos Los Efectos Legales Relacionados Con La Constitución Y Funcionamiento De La Sociedad, El Departamento Estará Representado Por El Gobernador, Quien Podrá Delegar Tal Representación En El Jefe De La Sección De Agricultura Y Ganadería Del Departamento
Decreto 1404 de 1952 · Por el cual se aprueba el Decreto número 670, de fecha 30 de noviembre de 1951, expedido por la Gobernación del Departamento Norte de Santander
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.