º. El Sexto curso comprenderá dos períodos. En uno de ellos se realizarán los estudios de las materias, y actividades indicadas en el primer ciclo de pensum, y en el otro se adelantará de lleno la práctica escolar docente. A su vez el personal de alumnos de este curso se dividirá en dos grupos con el objeto de que el uno practique mientras el otro sigue las clases regulares.
Decreto 192 de 1951 →Vigente
Artículo 3
El Sexto Curso Comprenderá Dos Períodos
Decreto 192 de 1951 · Por el cual se adopta el plan de estudios par los Institutos de Enseñanza Pedagógica, y se dictan otras disposiciones sobre Educación Normalista
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.