Dirección de Cooperación Internacional . Son funciones de la Dirección de Cooperación Internacional, las siguientes
Asesorar al Viceministro de Asuntos Multilaterales en los asuntos relacionados con la formulación y ejecución de la política exterior en materia de cooperación internacional.
Coordinar con las diferentes entidades del Estado la ejecución de la Política Exterior en materia de cooperación internacional.
Proponer lineamientos en materia de legislación y control de las actividades de cooperación tanto públicas como privadas.
Proyectar directrices para desarrollar la cooperación internacional originada en la Organización de Naciones Unidas (ONU), la Organización de Estados Americanos (OEA) y demás Organismos especializados.
Proponer directrices e instrucciones para las negociaciones de cooperación internacional, teniendo en cuenta las recomendaciones de la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional o quien haga sus veces, cuando a ello hubiere lugar.
Realizar consultas intra e interinstitucionales que apoyen la participación del país en las negociaciones de cooperación internacional.
Preparar la documentación relacionada con los temas de cooperación internacional, con el fin de ser presentados en las reuniones bilaterales o multilaterales internacionales, en las cuales participen el Presidente de la República, el Vicepresidente, el Ministro de Relaciones Exteriores o los Viceministros, en coordinación con la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional o quien haga sus veces.
Apoyar al Ministro de Relaciones Exteriores o el Viceministro de Asuntos Multilaterales en las actividades de la Junta Directiva de la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional y analizar y conceptuar sobre los documentos a ser considerados por la misma o por quien haga sus veces, cuando así lo solicite el Ministro de Relaciones Exteriores o el Viceministro de Asuntos Multilaterales
Estudiar y analizar en coordinación con el Viceministro de Asuntos Multilaterales, la Oficina Asesora Jurídica del Ministerio y la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional o quien haga sus veces, los proyectos de ley presentados por el Gobierno o por iniciativa parlamentaria, en temas relacionados con la cooperación internacional.
Hacer seguimiento a la vigencia y ejecución de los Convenios y acuerdos internacionales de cooperación, incluidos los proyectos de las Comisiones Mixtas, y a las gestiones que se adelanten en el interior y exterior del país sobre cooperación internacional, en coordinación con la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional o quien haga sus veces.
Coordinar con la Agencia Colombiana de Cooperación Internacional o quien haga sus veces las actividades tendientes a mantener informadas a las entidades nacionales, públicas y privadas y a las Misiones Diplomáticas en el Exterior, sobre el desarrollo de temas de cooperación internacional, con el fin de lograr una mejor coordinación y seguimiento de los mismos.
Diseñar el plan indicativo de gestión, conducente al seguimiento en materia de cooperación internacional y elaborar los documentos de gestión para ser incluidos en los informes de política exterior.
Las demás que se le asignen y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.