Revisión. Los planes de cumplimiento deberán revisarse, y de ser el caso ajustarse de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico y/o en la reglamentación de vertimientos.
(Decreto 3930 de 2010, artículo 57).
TEXTO CORRESPONDIENTE A
LEGISLACIÓN ANTERIOR
Artículo 2.2.3.3.5.16. Revisión. Los planes de cumplimiento deberán revisarse, y de ser el caso ajustarse de conformidad con lo dispuesto en el Plan de Ordenamiento del Recurso Hídrico y/o en la reglamentación de vertimientos.
(Decreto 3930 de 2010, artículo 57).
TEXTO CORRESPONDIENTE A