Artículo Décimo Segundo. Son funciones del Jefe de la Sección de Educación Sanitaria
Hacer que la Educación Sanitaria de sea llevada a cabo por el personal del SEM a todos los niveles.
Investigar y analiza actitudes de las comunidades en relación con la Campaña.
Informar e instruir a la población del área malárica a fin de que comprenda y acepte los métodos de erradicación que emplean y colabore en su aplicación.
Adiestrar y vigilar directa o indirectamente al personal del SEM en Educación Sanitaria.
Adiestrar al personal de Salud Pública a fin de prepararlo para las fases de consolidación y mantenimiento.
Promover la coordinación del SEM con individuos, grupos y Entidades.
Proponer al Director las Normas e instrucciones técnicos necesarios para las actividades de Educación Sanitaria.
Planear y dirigir la producción y utilización del material educativo.
Propender por el trabajo en equipo y por la creación de un espíritu de grupo entre el personal del SEM.