Micelio

Artículo 2

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición

Decreto 2613 de 1998 · por el cual se prorroga el término de funcionamiento de la Comisión Interinstitucional para la revisión de la legislación sobre Contratación Administrativa.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. El presente decreto rige a partir de la fecha de su expedición. Publíquese, comuníquese, cúmplase Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 22 de diciembre de 1998. ANDRES PASTRANA ARANGO El Ministro de Justicia y del Derecho, Parmenio Cuéllar Bastidas. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, Juan Camilo Restrepo Salazar. El Ministro de Transporte, Mauricio Cárdenas Santamaría. El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, Juan Hernández Celis.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2613 de 1998