Funciones de la Subdirección del Régimen Subsidiado. La Subdirección del Régimen Subsidiado cumplirá las siguientes funciones
Estudiar, proponer y aplicar los procedimientos, mecanismos y acciones necesarias para garantizar el acceso de la población de menores recursos al Sistema de Seguridad Social en Salud.
Estudiar, proponer y aplicar los mecanismos relacionados con el régimen subsidiado del Sistema de Seguridad Social en Salud.
Definir y garantizar el acceso de la población, del régimen subsidiado, a los servicios hospitalarios.
Realizar los estudios relacionados con la proyección y asignación de subsidios a las poblaciones más pobres y vulnerables.
Definir, en coordinación con la Dirección General de Gestión Financiera, los sistemas de control para garantizar un manejo eficiente y eficaz de la subcuenta de Solidaridad.
Garantizar la aplicación de las normas relacionadas con el régimen subsidiado.
Promover la creación, desarrollo y consolidación de empresa solidarias y demás formas asociativas tendientes a garantizar el acceso de las poblaciones más pobres y vulnerables al Sistema de Seguridad Social en Salud.
Estudiar y proponer los sistemas y mecanismos de cofinanciación, con las entidades territoriales del régimen subsidiado.
Establecer y aplicar el sistema de seguimiento y evaluación de los recursos otorgados al régimen subsidiado, con el fin de evaluar su eficiencia y eficacia, en la atención de las poblaciones más pobres y vulnerables.
Proponer, en coordinación con la Dirección General de Promoción y Prevención y la Subdirección de Entidades Promotoras de Salud, los programas y proyectos destinados a la promoción de la salud entre las poblaciones más pobres y vulnerables.
Velar por el acceso pleno de las poblaciones más pobres y vulnerables al Sistema de Seguridad Social en Salud.
Promover el desarrollo, la implantación y la evaluación de procesos de asociación solidaria destinados a mejorar el estado de salud y elevar el nivel de vida de la población.