En Las Operaciones Que Haga El Instituto Superiores A La Cantidad De Diez Mil Pesos ($ 10
Decreto 2808 de 1947 · Por el cual se reglamenta la Ley 106 de 1946
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
°. En las operaciones que haga el Instituto superiores a la cantidad de diez mil pesos ($ 10.000.00), a más de la aprobación de la Junta Directiva cuando las asignaciones requiera para su validez la del Ministerio de Economía Nacional.
Parágrafo
Cuando el Instituto haya hecho varias operaciones a una misma persona, las que excedan a la cantidad fijada en el inciso anterior requerirán de la aprobación del mismo Ministerio.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.