Del jurado de votación a nivel territorial Actuará como jurado de votación a nivel territorial
Un (1) representante del Procurador Territorial de la respectiva dependencia donde se lleve a cabo la votación.
Un (1) representante de los empleados públicos de la Procuraduría Territorial donde se efectúe el proceso electoral, designado por ellos mismos con antelación a la votación.
Un (1) representante del Coordinador Administrativo quien actuará como secretario tanto del jurado como del proceso de escrutinio. En las Procuradurías donde no haya Coordinador Administrativo, la función de secretario será ejercida por el empleado de mayor grado de la dependencia. Del resultado del escrutinio se levantará un acta que será firmada por los empleados que conforman el jurado.