Circunstancias de agravación punitiva : Las penas imponibles de acuerdo con los artículos descritos en este título, se aumentarán de la mitad a las tres cuartas partes si la conducta se cometiere:
Sobre redes o sistemas informáticos o de comunicaciones estatales u oficiales o del sector financiero, nacionales o extranjeros.
Por servidor público en ejercicio de sus funciones.
Aprovechando la confianza depositada por el poseedor de la información o por quien tuviere un vínculo contractual con este.
Revelando o dando a conocer el contenido de la información en perjuicio de otro.
Obteniendo provecho para sí o para un tercero.
Con fines terroristas o generando riesgo para la seguridad o defensa nacional.
Utilizando como instrumento a un tercero de buena fe.
Si quien incurre en estas conductas es el responsable de la administración, manejo o control de dicha información, además se le impondrá hasta por tres años, la pena de inhabilitación para el ejercicio de profesión relacionada con sistemas de información procesada con equipos computacionales.