De Acuerdo Con Lo Establecido En El Artículo 15 De La Ley 38 De 1981, La Comisión De Concertación De La Industria De Plásticos, Tendrá Las Siguientes Funciones: A) Discutir Y Analizar Los Planes Y Políticas Preparados Por El Ministerio De Desarrollo Económico Y El Departamento Nacional De Planeación, Según Lo Señalado En El Artículo 89 De La Misma Ley; B) Preparar Y Presentar Informes, Estudios Y Recomendaciones Sobre La Industria De Los Plásticos; C) Rendir Informes Acerca De Los Estudios Y Propuestas De Origen Gubernamental Que Se Sometan A Su Estudio, Y D) Sugerir Cambios Y Adiciones Al Plan Indicativo Y A Las Políticas Sectoriales Sometidos A Su Consideración
Decreto 2687 de 1981 · por el cual se crea una comisión de concertación.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
º De acuerdo con lo establecido en el artículo 15 de la Ley 38 de 1981, la Comisión de Concertación de la industria de plásticos, tendrá las siguientes funciones
a)
Discutir y analizar los planes y políticas preparados por el Ministerio de Desarrollo Económico y el Departamento Nacional de Planeación, según lo señalado en el artículo 89 de la misma Ley;
b)
Preparar y presentar informes, estudios y recomendaciones sobre la industria de los plásticos;
c)
Rendir informes acerca de los estudios y propuestas de origen gubernamental que se sometan a su estudio, y
d)
Sugerir cambios y adiciones al plan indicativo y a las políticas sectoriales sometidos a su consideración.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.