º La posesión de los Magistrados del Tribunal Superior de Orden Público se efectuará ante el Presidente de la República.
Decreto 936 de 1988 →Vigente
Artículo 1
º La Posesión De Los Magistrados Del Tribunal Superior De Orden Público Se Efectuará Ante El Presidente De La República
Decreto 936 de 1988 · Por el cual se reglamenta el Decreto legislativo 0474 de 1988
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.