Micelio

Artículo 4

Ley 1 de 1988 · por medio de la cual la Nación rinde homenaje a la memoria del "Hombre de las Leyes" General Francisco de Paula Santander, en el bicentenario de su nacimiento, se hacen unas apropiaciones en el Presupuesto Nacional y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Créase a través del Instituto Colombiano de Educación Técnica en el Exterior - ICETEX - adscrito al Ministerio de Educación Nacional la beca anual de especialización "Francisco de Paula Santander", que se concederá al estudiante mejor calificado de cada una de las Universidades "Francisco de Paula Santander" de Cúcuta, la Regional de ésta en Ocaña y la Universidad de Pamplona, para realizar estudios en el exterior relacionados con la vida y obra del prócer y/o con investigaciones de carácter histórico al ámbito Nortesantandereano. Dicha beca tendrá una duración de un año y se ofrecerá a partir de 1989 y hasta 1992 inclusive para lo cual se destinan a través del ICETEX durante las vigencias mencionadas partidas anuales de $15.000.000.00 (quince millones de pesos) constantes de 1989 como referencia para su ajuste la tasa de devaluación del dólar americano certificada por el Banco de la República a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior.

Parágrafo

Los Rectores de los respectivos Centros de Educación Superior mencionados en este Artículo reglamentarán el sistema de calificación, adjudicación y condiciones de esta beca "Francisco de Paula Santander".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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