Micelio

Artículo 28

Registro Para La Inhabilidad De Personas Condenadas Por Delitos Contra Los Animales

Ley 2455 de 2025 · por la cual se fortalece la lucha contra el maltrato animal y se actualiza el Estatuto Nacional de Protección de los Animales Ley 84 de 1989 - Ley Ángel.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Corresponde al Ministerio de Defensa-Policía Nacional administrar la base de datos personales de quienes hayan sido judicialmente inhabilitados para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con animales o a quienes haya sido prohibida su tenencia por el cometimiento de los delitos descritos en los artículos 339A y 339C de la Ley 599 de 2000 .

El certificado de antecedentes judiciales tendrá una sección especial de carácter reservado denominada Inhabilidades impuestas por delitos contra los animales. El Ministerio de Defensa- Policía Nacional expedirá el certificado de inhabilidad por delitos contra los animales a solicitud de las entidades públicas o privadas que dentro de su objeto desarrollen actividades relacionadas con animales y que pretendan consultar los antecedentes de un aspirante a un cargo o empleado activo con el fin de constatar que dicha persona no tenga activa alguna inhabilidad o prohibición de tenencia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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