Artículo tercero. Las entidades que en seguida se indican prestarán su colaboración como complementarias de las labores en las Divisiones del Ministerio aquí indicadas: División de Investigación: Escuelas de Agronomía, Escuelas de Veterinaria, Escuelas Vocacionales, Estaciones Meteorológicas e Instituto Geográfico Militar y Catastral. División de Recursos Naturales: Instituto Geográfico Militar y Catastral.
Decreto 3692 de 1950 →Vigente
Artículo 3
Decreto 3692 de 1950 · Por el cual se fija la nomenclatura del Ministerio de Agricultura y se dictan otras disposiciones.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.