A fin de mantener la unidad de criterio y de responsabilidad, la Rama de Ingeniería tiene a su cargo la elaboración de los proyectos de obras y la vigilancia de su contratación y ejecución. Los proyectos pueden ser preparados directamente por la División de Proyectos o mediante contratos con firmas o profesionales idóneos, bajo su supervisión, y conforme a criterios y normas que ella adopte. La División de Contratos estima los presupuestos correspondientes a los proyectos elaborados, prepara (con la asistencia de la Oficina Jurídica) las licitaciones respectivas, analiza las propuestas recibidas y hace las recomendaciones pertinentes; prepara y tramita los contratos que sean adjudicados, vigila administrativamente el desarrollo de los mismos y los liquida. La División de Interventoría controla la ejecución de los contratos de construcción en sus aspectos técnico y administrativo, y certifica para pago las actas correspondientes.
Decreto 151 de 1967 →Vigente
Artículo 13
A Fin De Mantener La Unidad De Criterio Y De Responsabilidad, La Rama De Ingeniería Tiene A Su Cargo La Elaboración De Los Proyectos De Obras Y La Vigilancia De Su Contratación Y Ejecución
Decreto 151 de 1967 · Por el cual se reorganiza el Ministerio de Obras Públicas
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.