Articulo 4.- No obstante lo previsto en el artículo 1 de estos Decretos, cuando el gravamen arancelario allí señalado, sea superior al gravamen arancelario de carácter general establecido en el Arancel de Aduanas, se aplicará, este último.
Decreto 1161 de 1996 →Vigente
Artículo 4
- No Obstante Lo Previsto En El Artículo 1 De Estos Decretos, Cuando El Gravamen Arancelario Allí Señalado, Sea Superior Al Gravamen Arancelario De Carácter General Establecido En El Arancel De Aduanas, Se Aplicará, Este Último
Decreto 1161 de 1996 · por el cual se da cumplimiento a unos compromisos arancelarios adquiridos por Colombia en virtud del Tratado de Libre Comercio, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos, la República de Colombia y la República de Venezuela.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.